Notificacion electrónica de Tesorería General de la Seguridad Social obligatoria para autónomos

Hasta ahora los autónomos podíamos realizar los trámites que tubieramos que hacer con la Seguridad Social por internet, o bien ir presencialmente a la Tesoría de la Seguridad Social y efectuar el trámite que querías con la portación de la documentación que se te requiriese para dicho trámite, lo que seguro llamabas ir de papeleo.

Bueno pues esta frase dicha va a perder su significado a partir del 01/10/2018, al menos con la Tesorería de la Seguridad Social.

Sencillamente porque el día 06 de marzo de este año 2018 se publico en el BOE la orden ministerial ESS/214/2018de 1 de marzo, que viene a modificar la Orden ESS/484/2013 que regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social, lo que en nuestro mundillo se conoce como “Sistema Red”.

“La expresión ir de papeleo va a perder su significado”

Esta modificación viene a imponerte a ti como autónomo la obligación, a partir del 1 de octubre de 2018, de tener que gestionar por internet, todos los trámites que tengas que llevar a cabo ante la Tesorería General de la Seguridad Social, tanto los trámites de afiliación, cotización como los de recaudación, vamos todos.

Para ello tendrás que darte de alta en el sistema RED

 

Notificaciones Obligatorias

Y además se acabo el recibir cartas por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social, ya que la recepción de las notificaciones de este organismo también se van a llevar de forma telemática, o en otras palabras la notificación electrónica es obligatoria para el autónomo.

Quizás este último punto es el que veo yo más conflictivo, porque una cosa es “el papeleo” que tengas que hacer, y que por norma general la gente desconoce y por tanto acude a despachos profesionales para que se los gestionemos, y otra muy distinta es el hecho de tener que estar pendiente de las notificaciones que te pueda remitir la Seguridad Social.

Aqui pasas de ser pasivo, es decir no tienes que estar pendiente de nada y solo tienes que preocuparte si te llega una carta de la Tesorería a casa, a tener que ser activo a partir del 1 de octubre de 2018, teniendo que regularmente estar pendiente de las notificaciones que te pueda mandar el mismo organismo a través de su sede electrónica.

Si bien es cierto que se manda por parte de la Tesorería un email indicándote que has recibido una notificación, no es menos cierto que todavía hay muchas personas que no hacen uso del correo electrónico de una forma habitual y mucho menos que lo miren de forma diaria.

“Pasas de tener un papel Pasivo en la recepción de notificaciones, a tener que ser Activo”

Tienes que tener en cuenta que por norma general las notificaciones van a tener un plazo para contestar, recurrir..etc., y estos plazos comienzan a correr desde el momento en que se te notifica.

Cuando se te entregaban por correo ordinario, esos plazos comenzaban a contar desde la fecha de recepción de la carta, de ahi que siempre fuesen cartas certificadas. Si no estabas en tu domicilio que tenias a efectos de notificaciones, se volvia a intentar, una o varías veces, y al final si no era posible la notificación por correo, se publicaba en BOE para darse por notificado.

Pero a partir de ahora es en el momento en que abres la notificación electrónica, de hecho la tienes que firmar digitalmente con tu certificado digital, por cierto tengo un artículo del blog que te explico como obtenerlo, la cuestión es que aunque no llegues a abrir la notificación electrónica, una vez transcurrido una serie de días esta se da por comunicada, y por tanto los plazos empiezan a correr.

De ahi la importancia de todo esto, ya que si no entras regularmente en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, y se te ha dado por comunicado una notificación electrónica puede ser que se te hayan pasado los días de que dispones para poder recurrir, con todo lo que ello supone.

 

Eso si, si eres autónomo con trabajadores, lo que a nivel de Seguridad Social se llama ser empresa y tienes encomendada esta tarea a una asesoría, entonces no es necesario que estes pendiente porque en este caso el despacho también recibirá estas notificaciones a través de sistema RED, no obstante si solo eres autónomo y no tienes autorizado a nadie para llevar a cabo esta labor tendrás que hacerlo tu mismo.

 

 

 

 

Opt In Image

Suscríbete y consigue GRATIS el ebook

CUESTIONES QUE COMO EMPRESARIO TIENES QUE SABER

Por qué es vital conocer las cuentas de tu empresa
Facturas: cómo son y cómo emitirlas correctamente
Los impuestos y los modelos de Hacienda más habituales
¡Y mucho más!

2018-09-06T12:18:41+02:00 Por |Laboral|0 Comments

About the Author:

Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales, y consciente de la necesidad de una nueva forma de trabajo que englobe el trato personal y el trabajo digital, creé Magnus Asesores con la intención de ofrecer un servicio 360 al cliente.

Leave A Comment

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.