Una de las preguntas que todo el mundo hace cuando llega el tiempo de hacer la declaración de la renta es si puedes deducirte lo que estas pagando por tu vivienda.
Y es que hemos estado muchos años deduciéndonos en la declaración de la renta por este concepto, sin embargo desde el 1 de enero del año 2013, se elimino esta deducción por inversión en vivienda habitual.
Por lo tanto la respuesta a si puedes deducirte la vivienda es no.
Sin embargo sí que existe la posibilidad de deducirte la vivienda si estas en alguna de las siguientes situaciones:
- Si has comprado tu vivienda habitual antes del 1/01/2013, o pagado cantidades antes de dicha fecha para la construcción de la misma. Ojo que siempre estamos hablando de vivienda habitual
- Si has pagado cantidades antes del 01/01/2013 por obras de rehabilitación o ampliación de tu vivienda habitual, eso sí, estas obras tienen que estar finalizadas antes del 01/01/2017, es decir tienes este año 2016 para completar las obras, como mucho.
- O cuando hayas pagado cantidades para realizar obras o instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad antes del 01/01/2013, y siempre que estas obras o instalaciones se finalicen antes del 01/01/2017, es decir a lo largo de este año 2016.
No obstante se exige como requisito que te hayas practicado la deducción por adquisición de vivienda habitual en años anteriores, es decir que ya te hubieras deducido por dicho concepto en declaraciones de la renta anteriores al ejercicio 2013, a no ser que hayas comprado tu vivienda habitual habiendo disfrutado de la deducción por adquisición de otras viviendas habituales anteriores, y como consecuencia de ello no podrás deducirte la nueva en tanto las cantidades invertidas en la nueva no superen las cantidades invertidas en la vivienda anterior, y/o porque el importe invertido en la vivienda nueva no haya superado el importe exento por reinversión.
En general lo que trata con este régimen transitorio es de cortar en seco la deducción por vivienda que puedas comprar con fecha posterior al uno de enero del 2013, e intentar mantener las deducciones existentes para aquellas personas que hicieron su planificación fiscal con anterioridad a la entrada en vigor de la ley que vino a cortar esta deducción por inversión en vivienda habitual.
Las compras de vivienda habitual posteriores a 01/01/2013 no dan derecho a deducción en tu declaración de la Renta.
Se que no es muy lógico que antes que el sector de la construcción iba estupendamente, se permitiera la deducción por las cantidades pagadas por tu vivienda habitual incentivando así su adquisición, y ahora que el sector pasa por sus peores momentos no se incentive este a través precisamente de esta deducción.
No obstante adquiere todo su sentido si lo miramos desde el punto de vista de la recaudación de impuestos, ya que eliminando esta deducción consiguen que se pague más impuesto, y por tanto recaudar más.
Esperemos que en un futuro se retome esta deducción, ya que es una de las inversiones más fuertes que toda familia realiza.
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